Infracción por construcción sin autorización municipal

Noviembre 15, 2021 Kenia Medina Perez 0 Comments

Construcción sin autorización municipal

¿Qué es?

La construcción de cualquier tipo de obra debe contar con autorización del municipio. Por lo cual, el desarrollo de proyectos de construcción sin contar con permisos es una infracción. Así también, el realizar construcciones sin cumplir con la normativa técnica es pasible de sanciones.

¿Cómo se origina?

Cuando adquieres un terreno, el bien está sujeto a una jurisdicción. En este caso al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Dicha entidad tiene la facultad de verificar que las construcciones desarrolladas dentro del municipio cumplan la normativa vigente. Por tanto, las construcciones que incumplen los parámetros originan una infracción.

La ley señala que la construcción que no obtenga permisos, licencias, autorizaciones, aprobaciones para el desarrollo de un proyecto inmobiliario es sujeto de proceso. Además se establece que las construcción que incumpla los parámetros técnicos son también sujetos de fiscalización.

¿Qué efectos produce?

Contando los Gobiernos Autónomos con amplias facultades. Las infracciones por construcción sin autorización son sancionadas mediante procesos administrativos. La municipalidad puede sancionarte con demoliciones y multas pecuniarias.

¿Cómo Evitarla?

Puedes evitar caer en infracciones por construcción sin autorización obteniendo los permisos necesarios. Sabemos que los problemas con la Alcaldía son un dolor de cabeza, por lo que más vale prevenir que lamentar. Obtener las autorizaciones necesarias te librara de problemas.

Por consiguiente, al momento de realizar los planos del proyecto a desarrollar verifica el cumplimiento de la normativa técnica.

Requisitos para iniciar tu trámite de obtención de permisos de construcción

Antes de iniciar el trámite en oficinas de la Alcaldía verifica que cuentes con:

  • Certificado de Registro Catastral actualizado.
  • Que el proyecto se encuentre en línea municipal.
  • Que el inmueble cuente con declaración de Patrimonio Arquitectónico.

Una vez cumplidos los requisitos precedentes, inicia tu tramite en Plataformas SERMAT presentando los siguientes documentos:

  • Cédula de Identidad vigente del propietario (original y fotocopia).
  • Formulario Único de Administración Territorial firmado por el usuario solicitante (todos los propietarios y/o apoderados).
  • Anteproyecto Arquitectónico en formato digital (AutoCAD máximo versión 2014), con una capa (layer) de polígonos cerrados, con cómputo de superficies.
  • De acuerdo al Plano de Riesgos vigente del GAMLP presentar Formulario Resumen del Estudio Geológico Geotécnico (un ejemplar original)
  • Formulario Resumen del Cálculo Estructural para anteproyectos de más de cinco plantas y aquellos que se ubiquen en zonas de Alto y Muy Alto Riesgo.
  • Para los anteproyectos en zonas de Alto y Muy Alto Riesgo y aquellos que se emplacen en zonas con los Patrones 5, 5Z, 6, 6Z, PUC-0 presentar el Formulario Resumen del Plan de Contingencias (un ejemplar original).
  • Carta Notariada de Deslinde de Responsabilidades, en impreso original, suscrita por el usuario solicitante.

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